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El mundo de las carretillas y la maquinaria logística está rodeado de diferentes aspectos que debemos tener en cuenta. Uno importante es la legislación sobre el tema. Algo que puede agobiar, pero ineludible. Y en DBK estamos para ayudarte y que la adquisición de tu carretilla sea lo más fácil posible. En concreto hoy vamos a hablarte de la homologación de carretillas.

Es el proceso por el cual se certifica que una carretilla u otra máquina se ajusta a la legislación vigente como vehículo. Lo primero que necesitamos saber la diferencia entre homologación y marcado CE.

El marcado CE, obligatorio para todas las máquinas comercializadas en el territorio de la Unión Europea, garantiza que la máquina cumple con los requisitos de seguridad y salud como máquina. Es independiente de la homologación, que demuestra que un vehículo cumple con los requisitos necesarios para circular por vía pública, y por tanto, ser matriculado.

El marcado CE es de ámbito europeo, mientras que la homologación, en el caso de la maquinaria automotriz, es de ámbito nacional. Aunque similares, cada país de la Unión tiene unos procesos propios para la homologación de la maquinaria automotriz.

Como decíamos, para circular por vía pública, todas las máquinas necesitan una homologación. Este requisito viene recogido en el artículo 1 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. A su vez, el proceso de homologación queda regulado en el R.D. de 750/2010 del 4 de Junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.

Tipos de Homologación

La homologación de carretillas (categorizadas como Maquinaria automotriz de categoría 1) puede ser de dos clases: homologación de tipo nacional u homologación individual.

En ambos casos los vehículos a homologar deben ajustarse a la normativa en vigor, que en el caso de la maquinaria automotriz es una adaptación de la normativa europea para tractores agrícolas

Homologación de Tipo nacional

La homologación de tipo permite al fabricante producir maquinaria en serie lista para su comercialización posterior. Esta homologación recoge las características del modelo o modelos “tipo” y sus posibles variantes y versiones, de modo que no es necesario obtener una homologación para cada unidad puesta en el mercado, siempre que esté recogida en el tipo. Un tipo puede albergar una o varias denominaciones comerciales o modelos, siempre que sean similares entre sí.

Los ensayos para validar la homologación realizan sobre una unidad representativa del tipo, que presente las condiciones de homologación más desfavorables dentro del tipo, normalmente un prototipo o unidad pre-serie. Una vez que han conseguido esta homologación, todas las carretillas de ese tipo que fabrique la empresa fabricante ya contarán con esa homologación, sin necesidad de un proceso individual para cada máquina.

Homologación Individual

La homologación individual está pensada para los vehículos que no cuentan con homologación de tipo. En este escenario se incluyen también máquinas que en un principio disponen de homologación de tipo, pero son modificadas por el fabricante antes de su comercialización, provocando que la unidad quede fuera de dicha homologación de tipo nacional, o maquinaria importada que debe ser homologada para su matriculación en España.

En estas situaciones, el Real Decreto 750/2010 apunta que se puede solicitar la homologación individual tanto por el fabricante como por el propietario de la máquina. Conviene señalar, que, desde 2015. No se conceden homologaciones para máquinas usadas en España (sólo unidades nuevas), o máquinas que, viniendo de otros países del Espacio Económico Europeo, no puedan demostrar documentalmente la matriculación o puesta en servicio en el país de origen. Este proceso exige la revisión y ensayo de cada unidad a homologar.

La importancia de la homologación

La homologación es un requisito ineludible para poder matricular una carretilla.

La matriculación de carretillas, a su vez, solo es necesaria para carretillas que van a transitar por la vía pública. Las carretillas que solo vayan a ser usadas en recintos cerrados, como almacenes, no necesitan ser matriculadas. Por ello las carretillas que más frecuentemente deben ser matriculadas son las contrapesadas.

Debemos de tener en cuenta que, aunque la carretilla transite poco tiempo en la vía pública, es necesario matricularla. La multa por no hacerlo puede ser de hasta 1500€.

Mencionar, además, que las carretillas no han de pasar la ITV cuando su velocidad máxima por construcción sea inferior a 25 km/h y su clasificación sea obras o servicios, están exentas de pasar ITV periódica. La maquinaria automotriz agrícola debe pasar ITV periódica, independientemente de su velocidad máxima.

En DBK estamos para facilitar todo el proceso de adquisición de una carretilla. Nos encargamos de organizar el transporte de la maquinaria y de asegurarnos de que todo está en regla, incluido la homologación de carretillas.

Somos el compañero ideal en tu aventura logística, para que todo te resulte más sencillo.